martes, 18 de agosto de 2009

Consumo de drogas: la Corte transita lentamente entre el Derecho y la demagogia

La Corte Suprema de Justicia dilata más allá de lo razonable el pronunciamiento sobre la constitucionalidad o no de la penalización de la tenencia de droga para consumo porque la interpretación jurídica del tema es impopular. La tentación de la demagogia frena la aplicación del derecho por parte del máximo tribunal de Justicia de la Nación.

Los supremos deben resolver si es constitucional que un persona sea juzgada por poseer drogas destinadas a la ingesta personal. Es decir, si la ley puede entrometerse en una íntima decisión individual. Si efectivamente los jueces de la Corte creen que una invasión de ese tenor no contradice a las libertades individuales consagradas en la Constitución Nacional, la tenencia para consumo puede ser reglada y penada por el Estado.

En cambio, si los jueces interpretan que el consumo de una sustancia constituye una decisión una elección reservada al ámbito privado de cada individuo, adonde el Estado no tiene derecho a intervenir, no hay más nada que discutir. La cantidad, la calidad, la procedencia, el origen o base de la sustancia y demás cuestiones que hoy son argumentos de represión policial y causas de juicios penales ya no deben ser objeto de los legisladores ni de los jueces.

La Corte ha postergado sin motivos jurídicos la decisión de fondo mientras infla globos de ensayo que le permitan saber cuál será la reacción de los grupos de poder frente a la decisión. El máximo tribunal de la Nación aceptó jugar este partido en la cancha que marcaron la Iglesia, los políticos, las fuerzas de Seguridad y una pila de grupos que fortalecen sus posturas y recursos con un discurso duro, pero carente de fundamentos jurídicos.

Los jueces saben que en este caso la jurisprudencia de la sentencia que impongan no pone en juego ni la seguridad ni la salud de la Nación, dos servicios que dependen de la política y no de un fallo judicial. Los magistrados de la Corte Suprema de la Nación tienen que dar un veredicto que afectará directamente los límites entre de las acciones enmarcadas en las libertades individuales y las que pueden ser reguladas por el Estado.

Un ejemplo: hay países regidos por normas fundamentalistas que criminalizan el adulterio. Acá, nuestra Constitución impide tal intromisión del Estado y ninguna corriente jurídica interpreta lo contrario.

Para muchos juristas prestigiosos de acá, en tanto, la tenencia de drogas para el consumo también está dentro del espacio de decisiones individuales vedado a la injerencia del Estado, mientras que para otros la Constitución no es un obstáculo para la penalización.

A diferencia del adulterio, el consumo de drogas genera una contradicción que la Corte no termina de resolver, aunque hace rato que agotó el acopio de argumentos jurídicos para hacerlo. Leé la rosca que domina a los supremos en La Nación

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